
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha aprobado recientemente el Real Decreto 1.420/2006 de 1 de diciembre, sobre Prevención de la parasitosis por anisakis en productos de la pesca suministrados por establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades (B.O.E. de 19 de diciembre de 2006).
Este Real Decreto es aplicable a los establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades, como son los bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, hospitales, colegios, residencias, comedores de empresas, empresas de catering y similares.
Establece la obligación de garantizar por parte de los titulares de los establecimientos antes mencionados, que los productos de la pesca de consumo en crudo o prácticamente en crudo, que se relacionan a continuación, han sido previamente congelados a una temperatura igual o inferior a –20ºC en la totalidad del producto durante, un periodo de al menos 24 horas, con el fin de destruir posibles larvas de nematodos, pudiéndose aplicar el tratamiento al producto bruto o al producto acabado; productos a los que se debe aplicar este tratamiento de congelación preventivo:
¿ Cuándo deben los titulares de los establecimientos de la restauración colectiva aplicar el tratamiento de congelación antes citado?
Sólo quedarán dispensados de realizar la congelación por sí mismos a cualquiera de los productos relacionados en el epígrafe anterior, cuando dispongan de cualquier medio documental, expedido por los responsables de las empresas alimentarias suministradoras del producto de la pesca, en el que se especifique que éstos o algún tenedor anterior han aplicado la congelación en cualquier fase anterior de la cadena alimentaria (-20ºC durante al menos 24 horas, en el centro del producto).
¿Qué información están obligados los establecimientos a poner en conocimiento de los consumidores?
Los establecimientos antes mencionados (bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, etc.) deben poner en conocimiento de los consumidores mediante carteles, cartas-menú u otros medios apropiados, que los productos de la pesca afectados por este real decreto han sido sometidos al tratamiento de congelación indicado con anterioridad.
Plan de control sanitario de la anisakiasis
Este real decreto establece asimismo que la Agencia Española de Seguridad Alimentaria establecerá, en colaboración con las administraciones públicas y los sectores privados y organizaciones y entidades concernidos, un plan nacional de control de la parasitosis por anisakiasis en toda la cadena alimentaria. En particular, dicho plan incluirá actuaciones de información a los consumidores y de formación del personal de los establecimientos afectados.
Desde el año 2003 se viene aplicando de forma ininterrumpida en el municipio de Madrid, a través de los servicios y departamentos implicados en el control oficial de los productos alimenticios, un Programa municipal de Prevención de Anisakiasis humana.
En este Programa vienen participando en concreto:
Como actuaciones más destacadas de este Programa cabe mencionar los siguientes:
| Año | Número de muestras tomadas de comidas a base de pescado de consumo en crudo o prácticamente en crudo |
|---|---|
| 2003 | 158 |
| 2004 | 124 |
| 2005 | 42 |
| 2006 | 56 |
| TOTAL | 380 |
Es de destacar que de las 380 muestras oficiales de comidas a base de pescado crudo o prácticamente en crudo tomadas a lo largo de estos cuatro años, en ninguna de ellas el Laboratorio de Salud Pública detectó larvas viables de parásitos nematodos de la familia Anisakiade.
Acciones futuras
A partir del año 2007, y como consecuencia del nuevo R.D. 1.420/2006, de 1 de diciembre, aprobado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, desde Madrid Salud y las 21 Juntas Municipales de Distrito, se continuará aplicando un programa de prevención de anisakiasis, siguiendo ahora las directrices y normas de desarrollo que establezca el Ministerio y participando de forma activa en el Plan Nacional de control de la parasitosis mencionado en el artículo 5 del citado Real Decreto.